En la publicación del Canje de Notas entre el Reino de España y la República de Filipinas sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho en Madrid el 28 de noviembre de 2007 y 23 de abril de 2008, efectuada en el Boletín Oficial del Estado núm. 196, de fecha 14 de agosto de 2008 (págs. 34476 a 34479), se han advertido los siguientes errores:
En la página 34476, primera columna, primer párrafo del Acuerdo, sexta línea, donde dice: «... Viena, de fecha 8 de noviembre de 1958, ...»; debe decir: «... Viena, de fecha 8 de noviembre de 1968, ...».
En la página 34477, segunda columna, Nota Verbal española, primer párrafo, cuarta línea, donde dice: «... Nota de 28 de noviembre de 2497, ...»; debe decir: «...Nota de 28 de noviembre de 2007, ...». En la página 34477, segunda columna, Nota Verbal española, segundo párrafo, cuarta línea, donde dice: «... las normas y seriales que regulan ...»; debe decir: «... las normas y señales que regulan ...». En la sexta línea, donde dice: «... Viena, de fecha 8 de noviembre de 1958, ...»; debe decir: «... Viena, de fecha 8 de noviembre de 1968, ...» En la página 34478, primera columna, apartado 4, quinta línea, donde dice: «... los titulares de un premiso de conducción ...»; debe decir: «... los titulares de un permiso de conducción ...». En la línea once, donde dice: «... o conjunta de vehículos de los que ...»; debe decir: «... o conjunto de vehículos de los que ...».
Como Anexo I a la Nota Verbal filipina, aparece publicada una Tabla de Equivalencias que debe ser sustituida por la que se ha publicado en la Nota Verbal española aunque con las siguientes correcciones:
En la página 34479, primera columna, segundo párrafo posterior a la tabla, tercera línea, donde dice: «equivaldría al R, C1, ...»; debe decir: «equivaldría al B, C1, ...».
Como continuación del párrafo anterior, falta el siguiente párrafo: «Los tipos de permiso de conducción de Filipinas, tales como profesional y no profesional, tienen ocho categorías de códigos de restricción. Cada código corresponde al tipo de vehículo de motor para el cual el conductor está autorizado».