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Corrección de errores del Decreto-ley 8/2025, de 29 de abril, de concesión de un suplemento de crédito a los presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023 prorrogados para el 2025.

BOE-A-2025-14603·15 de julio de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de errores del Decreto-ley 8/2025 de la Generalitat de Catalunya, que afecta a los presupuestos prorrogados para 2025. Se rectifica el artículo 2 relativo a la financiación de un suplemento de crédito. La corrección especifica que la financiación proviene del "superávit de los ingresos más altos" en lugar de simplemente "los ingresos más altos" previstos.

Habiendo observado un error en el texto del Decreto-ley mencionado, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 135 de 5 de junio de 2025, se detalla la corrección oportuna:

En la parte dispositiva, en el artículo 2, donde dice:

«Artículo 2. Financiación del suplemento de crédito.

El gasto derivado del suplemento de crédito a que hace referencia el artículo 1 se financia con los ingresos más altos previstos en el estado de ingresos de la Generalitat de Catalunya, prorrogado mediante el Decreto 478/2024, de 17 de diciembre, por el cual se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023, mientras no entren en vigor los del 2025, provenientes de la liquidación del modelo de financiación del ejercicio 2023 y de los anticipos del modelo de financiación respecto del ejercicio 2025.»

Tiene que decir:

«Artículo 2. Financiación del suplemento de crédito.

El gasto derivado del suplemento de crédito a que hace referencia el artículo 1 se financia con el superávit de los ingresos más altos previstos en el estado de ingresos de la Generalitat de Catalunya, prorrogado mediante el Decreto 478/2024, de 17 de diciembre, por el cual se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023, mientras no entren en vigor los del 2025, provenientes de la liquidación del modelo de financiación del ejercicio 2023 y de los anticipos del modelo de financiación respecto del ejercicio 2025.»

(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» número 9439, de 23 de junio de 2025)

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.