Corrección de errores del Instrumento de Ratificación del Convenio sobre la Ciberdelincuencia, hecho en Budapest el 23 de noviembre de 2001.
Resumen
Este documento legal es una Corrección de Errores relativa al Instrumento de Ratificación del Convenio sobre la Ciberdelincuencia, también conocido como el Convenio de Budapest, firmado el 23 de noviembre de 2001. El documento original de ratificación fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 226, el 17 de septiembre de 2010. El objeto principal de esta corrección es subsanar una errata detectada en el texto del artículo 18.2 del Instrumento de Ratificación. Específicamente, la corrección afecta a la referencia a los artículos mencionados en dicho apartado. A quién afecta: Esta corrección afecta a todos aquellos que consulten o apliquen el Instrumento de Ratificación del Convenio sobre la Ciberdelincuencia en España, incluyendo autoridades judiciales, fuerzas de seguridad, abogados, académicos y cualquier persona interesada en la legislación sobre ciberdelincuencia. Disposición relevante: La única disposición relevante es la corrección en sí misma. El documento indica que en la página 78855 del BOE, en el artículo 18.2, última línea, donde se lee "… en los artículos 14 y 14.", debe leerse correctamente "… en los artículos 14 y 15.". Esta corrección, aunque aparentemente menor, es crucial para la correcta interpretación y aplicación del Convenio, ya que asegura que la referencia a los artículos sea precisa y conforme al texto original del tratado internacional. En resumen, el documento busca garantizar la exactitud y la integridad del texto legal ratificado por España.
El texto íntegro de esta norma autonómica no está disponible en nuestra base de datos en formato estructurado. Puedes consultarla directamente en el boletín oficial correspondiente.
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