resolucionVigente

Corrección de errores del Real Decreto 1057/2024, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General del Estado.

BOE-A-2024-21591·22 de octubre de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores del Real Decreto 1057/2024, de 15 de octubre, que aprueba el Reglamento de la Abogacía General del Estado. Su objeto principal es rectificar errores tipográficos y de referencia detectados en el texto original del Real Decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A quién afecta: Esta corrección afecta principalmente a la Abogacía General del Estado y a todos aquellos que consulten o apliquen el Reglamento de la Abogacía General del Estado, incluyendo abogados del estado, funcionarios públicos, jueces, tribunales y ciudadanos interesados en la organización y funcionamiento de la Abogacía General del Estado. Disposiciones más relevantes: La corrección se centra en cuatro puntos específicos del Real Decreto original: Disposición final primera: Se corrige una referencia errónea al año del Real Decreto, cambiando "1057/2025" a "1057/2024". Sección 12ª: Se corrige un error ortográfico en el título de la sección, cambiando "Organización" a "organización". Artículo 34: Se añade la numeración "1." al inicio del primer párrafo y se corrige la numeración del segundo párrafo, separando el número "2" del texto. Artículo 77, letra c): Se corrige una referencia incorrecta a una regla, cambiando "regla 1.ª" a "regla a).". En resumen, este documento no introduce cambios sustanciales en el contenido del Reglamento de la Abogacía General del Estado, sino que se limita a corregir errores menores para asegurar la precisión y claridad del texto legal.

Advertidos errores en el Real Decreto 1057/2024, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General del Estado, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 250, de 16 de octubre de 2024, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 132733, disposición final primera, en la penúltima línea, donde dice: «...aprobado por Real Decreto 1057/2025, de 15 de octubre.», debe decir: «...aprobado por Real Decreto 1057/2024, de 15 de octubre.»

En la página 132754, sección 12.ª, en el título, donde dice: «Otras disposiciones sobre Organización de la Abogacía General del Estado», debe decir: «Otras disposiciones sobre organización de la Abogacía General del Estado».

En la página 132755, artículo 34, en la primera línea, donde dice: «El Abogado o Abogada General del Estado podrá...», debe decir: «1. El Abogado o Abogada General del Estado podrá...», y en la cuarta línea, donde dice: «…uno de ellos será designado como Coordinador Principal.2. Mediante instrucción del Abogado o Abogada General del Estado...», debe decir: «…uno de ellos será designado como Coordinador Principal.

2. Mediante instrucción del Abogado o Abogada General del Estado...».

En la página 132773, artículo 77, letra c), en la última línea, donde dice: «…dispuesto en la regla 1.ª», debe decir: «…dispuesto en la regla a).».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.