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Corrección de errores del Real Decreto 1575/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueba el convenio entre la Administración General del Estado y Autopistas, Concesionaria Española, Sociedad Anónima Unipersonal, por el que se establecen los términos para la exención de peaje de los movimientos de ida en los recorridos entre Alfajarín y Fraga de la Autopista AP-2, Zaragoza-Mediterráneo.

BOE-A-2009-18165·14 de noviembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores del Real Decreto 1575/2009, de 9 de octubre. El Real Decreto original aprobaba un convenio entre la Administración General del Estado y Autopistas, Concesionaria Española, S.A.U., para la exención de peaje en los trayectos de ida entre Alfajarín y Fraga en la autopista AP-2 Zaragoza-Mediterráneo. Esta corrección afecta principalmente a la Administración General del Estado, a Autopistas, Concesionaria Española, S.A.U., y a los usuarios de la autopista AP-2 que se benefician de la exención de peaje en el tramo especificado. La corrección se centra en la cláusula segunda del convenio, específicamente en la tabla que detalla los importes estimados de la compensación que la Administración General del Estado debe abonar a Autopistas, Concesionaria Española, S.A.U., por la exención de peaje. La tabla original contenía un error en las cantidades asignadas a cada ejercicio presupuestario. La corrección sustituye la tabla errónea por una nueva con los importes correctos, expresados en miles de euros, para los ejercicios presupuestarios comprendidos entre 2010 y 2021. La corrección asegura la correcta ejecución del convenio al establecer las cantidades precisas que deben ser compensadas a la concesionaria por la eliminación del peaje en el tramo mencionado.

Advertido error en el Real Decreto 1575/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueba el convenio entre la Administración del Estado y Autopistas, Concesionaria Española, Sociedad Anónima Unipersonal, por el que se establecen los términos para la exención de peaje de los movimientos de ida en los recorridos entre Alfajarín y Fraga de la Autopista AP-2, Zaragoza-Mediterráneo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 249, de 15 de octubre de 2009, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

Página 87255, cláusula segunda del convenio, la tabla que aparece en el segundo párrafo, después de «Los importes estimados de la compensación para los diferentes ejercicios presupuestarios son los que se indican a continuación:», debe ser sustituida por la siguiente:

Ejercicio

Principal–Miles de euros

2010

1.560,45

2011

1.623,34

2012

1.705,48

2013

1.791,77

2014

1.882,44

2015

1.977,69

2016

2.057,59

2017

2.140,71

2018

2.227,20

2019

2.317,18

2020

2.410,79

2021

2.299,17

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.