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Corrección de errores del Real Decreto 1615/2010, de 7 de diciembre, por el que se aprueba la norma de calidad del trigo.

BOE-A-2011-12109·14 de julio de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores del Real Decreto 1615/2010, de 7 de diciembre, que aprueba la norma de calidad del trigo. Su objeto principal es subsanar errores detectados en la publicación original del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A quién afecta: Esta corrección afecta a todos aquellos que utilicen o se rijan por el Real Decreto 1615/2010, incluyendo productores, comercializadores, transformadores de trigo, organismos de control y, en general, cualquier persona o entidad involucrada en la cadena de valor del trigo. Disposiciones más relevantes: La corrección se centra en la modificación de referencias a normas técnicas. Los errores consisten principalmente en la omisión del prefijo "UNE-" en las referencias a normas ISO y EN, que son normas europeas e internacionales adoptadas por la Asociación Española de Normalización (UNE). La corrección especifica que las normas a las que se refiere el Real Decreto son las versiones UNE-EN ISO, asegurando la correcta aplicación de los estándares de calidad del trigo. Las correcciones más significativas son: La adición del prefijo "UNE-" a las referencias de las normas ISO y EN en la Disposición Final Primera y en el Artículo 8, asegurando que se entiendan como las versiones españolas de estas normas. La corrección en el Artículo 2, f), donde se cambia "Calidad del gluten" por "Índice de gluten" para definir correctamente el significado de "IG". La modificación en la Disposición Final Primera, apartado 4º, donde se corrige la referencia a la norma para la determinación del gluten húmedo, cambiando "EN ISO 21415-1" por "UNE-EN ISO 24415" y eliminando la referencia a la "Parte 1: Determinación del gluten húmedo mediante un método manual". Esto implica un cambio en la norma específica que debe utilizarse para la determinación del gluten húmedo. En resumen, este documento legal es una aclaración técnica que busca garantizar la correcta aplicación de la normativa de calidad del trigo, corrigiendo errores de referencia a normas técnicas específicas.

Advertidos errores en el Real Decreto 1615/2010, de 7 de diciembre, por el que se aprueba la norma de calidad del trigo, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 301, de 11 de diciembre de 2010, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 102675, disposición final primera, apartado 1.º, donde dice: «…. EN ISO 712…», debe decir: «… UNE-EN ISO 712…».

En la página 102676, disposición final primera, apartado 2.º, donde dice: «… EN ISO 2171…», debe decir: «… UNE-EN ISO 2171…».

En la misma página, apartado 3.º, donde dice: «… EN ISO 20483…», debe decir: «… UNE-EN ISO 20483…».

En la misma página, apartado 4.º, donde dice: «… la norma EN ISO 21415-1…», debe decir: «… las normas UNE-EN ISO 24415…», y suprimirse: «Parte 1: Determinación del gluten húmedo mediante un método manual».

En la misma página, apartado 5.º, donde dice: «… EN ISO 27971…», debe decir: «… UNE-EN ISO 27971…».

En la página 102677, Norma de Calidad del Trigo, artículo 2, f), donde dice: «“IG”: Calidad del gluten», debe decir: «“IG”: Índice de gluten»

En la página 102679, artículo 8, letra a), donde dice: «… EN ISO 3093…», debe decir: «… UNE-EN ISO 3093…».

En la misma página, artículo 8, letra e), donde dice: «… EN ISO 7971-3…», debe decir: «…UNE-EN ISO 7971-3».

En la misma página, artículo 8, letra g), donde dice: «… EN 15587 …», debe decir: «… UNE-EN 15587…».

En la misma página, artículo 8, letra h), donde dice: «… EN 15585…», debe decir: «… UNE-EN 15585…».

En la misma página, artículo 8, letra i), apartado 3.º, donde dice: «… EN ISO 11052…», debe decir: «… UNE-EN ISO 11052…».

En la misma página, artículo 8, letra l), donde dice: «… EN 15587…», debe decir: «… UNE-EN 15587…».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.