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Corrección de errores del Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa.

BOE-A-2008-20488·18 de diciembre de 2008·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores del Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre, que aprueba el Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa. Su objeto principal es subsanar errores de transcripción detectados en la publicación original del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta corrección afecta a todos aquellos que consulten o apliquen el Real Decreto 1794/2008, ya sean contribuyentes, asesores fiscales, la Administración Tributaria o cualquier otra persona o entidad interesada en los procedimientos amistosos en materia de imposición directa. Las correcciones son de carácter menor y se refieren a: Artículo 8.2: Se reordenan las letras de los apartados, corrigiendo una numeración incorrecta. Las letras e), f) y g) pasan a ser d), e) y f), respectivamente. Artículo 32.3: Se corrige un error gramatical, cambiando "El procedimiento se regirá lo dispuesto..." por "El procedimiento se regirá por lo dispuesto...". En resumen, el documento no modifica el contenido sustancial del Real Decreto 1794/2008, sino que simplemente corrige errores formales para asegurar la correcta interpretación y aplicación del reglamento original. Su propósito es garantizar la claridad y precisión del texto legal publicado en el BOE.

Advertidos errores en el Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 278, de 18 de noviembre de 2008, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 45790, en el artículo 8.2, las letras e), f) y g) deben pasar a ser las letras d), e) y f), respectivamente.

En la página 45793, en el artículo 32.3, donde dice: «El procedimiento se regirá lo dispuesto...», debe decir: «El procedimiento se regirá por lo dispuesto...».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.