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Corrección de errores del Real Decreto 1886/2011, de 30 de diciembre, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno.

BOE-A-2012-225·6 de enero de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Resumen del Documento Legal Este documento legal es una Corrección de Errores al Real Decreto 1886/2011, de 30 de diciembre, que establece las Comisiones Delegadas del Gobierno en España. Su objeto principal es subsanar una omisión en la composición de una de estas comisiones. A quién afecta: Esta corrección afecta principalmente al Gobierno de España, específicamente a los miembros de las Comisiones Delegadas del Gobierno y a las áreas de la administración pública relacionadas con su funcionamiento. Indirectamente, afecta a la ciudadanía en la medida en que las decisiones y el trabajo de estas comisiones influyen en las políticas públicas. Disposiciones Relevantes: La única disposición relevante es la corrección del artículo 4, apartado 1, letra b) del Real Decreto 1886/2011. La corrección consiste en añadir al Ministro de Economía y Competitividad a la lista de ministros que forman parte de una de las Comisiones Delegadas del Gobierno. La versión original omitía este ministerio, y la corrección subsana este error para asegurar la correcta composición de la comisión y garantizar la representación adecuada de las áreas gubernamentales relevantes. En esencia, la corrección busca asegurar que la Comisión Delegada en cuestión cuente con la participación del Ministro de Economía y Competitividad, lo que se considera necesario para su correcto funcionamiento y toma de decisiones.

Advertido error en el Real Decreto 1886/2011, de 30 de diciembre, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 315, de 31 de diciembre de 2011, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 146652, en la letra b) del apartado 1 del artículo 4, donde dice: «Los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de Defensa y del Interior», debe decir: «Los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de Defensa, del Interior y de Economía y Competitividad».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.