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Corrección de errores del Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, por el que se adaptan determinadas disposiciones en materia de energía y minas a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

BOE-A-2010-6427·23 de abril de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores del Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo. Su objeto principal es rectificar errores tipográficos y de redacción detectados en la publicación original del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A quién afecta: Afecta a todos aquellos que consulten o apliquen el Real Decreto 249/2010, especialmente a profesionales y empresas del sector de la energía y minas, así como a las administraciones públicas encargadas de su aplicación. La corrección busca asegurar la correcta interpretación y aplicación de la normativa. Disposiciones más relevantes: El documento se limita a corregir dos errores específicos en el texto del Real Decreto 249/2010. Ambos errores se encuentran en las páginas 26632 y 26633 del BOE, en los apartados veintitrés y veinticuatro respectivamente. La corrección consiste en eliminar la frase "solicitar su habilitación para" de la expresión "al objeto de comunicar el inicio solicitar su habilitación para la actividad profesional…", sustituyéndola por la expresión correcta: "al objeto de comunicar el inicio de la actividad profesional…". En resumen, esta corrección de errores no modifica el fondo del Real Decreto 249/2010, sino que simplemente subsana errores de forma para garantizar la claridad y precisión del texto legal original. El objetivo es evitar confusiones y asegurar que la normativa se interprete y aplique correctamente.

Advertidos errores en el Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, por el que se adaptan determinadas disposiciones en materia de energía y minas a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 67, de 18 de marzo de 2010, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 26632, en el apartado veintitrés, primera línea del párrafo situado detrás del cuadro, donde dice: «al objeto de comunicar el inicio solicitar su habilitación para la actividad profesional…», debe decir: «al objeto de comunicar el inicio de la actividad profesional…».

En la página 26633, en el apartado veinticuatro, primera línea del párrafo situado detrás del cuadro, donde dice: «al objeto de comunicar el inicio solicitar su habilitación para la actividad profesional…», debe decir: «al objeto de comunicar el inicio de la actividad profesional…».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.