resolucionVigente

Corrección de errores del Real Decreto 34/2023, de 24 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire; el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado mediante el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre; y el Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.

BOE-A-2023-2833·3 de febrero de 2023·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de errores del Real Decreto 34/2023 que modifica normativas sobre calidad del aire, emisiones industriales y garantías financieras en residuos. Afecta a la redacción del Real Decreto original publicado en el BOE. La corrección suprime la referencia a "aeronaves en ciclo de aterrizaje y despegue" dentro de las medidas que pueden incluir los planes de acción.

Advertido un error en el Real Decreto 34/2023, de 24 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire; el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado mediante el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre; y el Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 21, de 25 de enero de 2023, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 10327, quinto párrafo, en la tercera línea, donde dice: «…Y en particular, se prevé que esos planes de acción podrán incluir medidas relativas al tráfico de vehículos de motor, a aeronaves en ciclo de aterrizaje y despegue, a obras de construcción, a buques amarrados y al funcionamiento de instalaciones industriales o el uso de productos y a la calefacción doméstica…», debe decir: «… Y en particular, se prevé que esos planes de acción podrán incluir medidas relativas al tráfico de vehículos de motor, a obras de construcción, a buques amarrados y al funcionamiento de instalaciones industriales o el uso de productos y a la calefacción doméstica…».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.