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Corrección de errores del Real Decreto 617/2022, de 26 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 165/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

BOE-A-2022-15417·22 de septiembre de 2022·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores del Real Decreto 617/2022, que a su vez modificaba el Real Decreto 165/2008. El objeto principal de esta corrección es subsanar un error de numeración en el artículo único, apartado tres, del Real Decreto 617/2022, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A quién afecta: Aunque aparentemente menor, esta corrección afecta a todas las empresas, especialmente las grandes empresas, y a las administraciones públicas involucradas en la aplicación y gestión de la zona de promoción económica de la Región de Murcia. La correcta numeración de los artículos es crucial para la correcta interpretación y aplicación de la normativa. Disposiciones más relevantes: La única disposición relevante es la corrección en sí misma: Se corrige la numeración del apartado "2" a "1 bis" en el artículo único, apartado tres, del Real Decreto 617/2022. En resumen, este documento es una rectificación técnica que busca asegurar la precisión y claridad de la legislación relacionada con la zona de promoción económica de la Región de Murcia, evitando posibles confusiones o interpretaciones erróneas en su aplicación.

Advertido error en el Real Decreto 617/2022, de 26 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 165/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 179, de 27 de julio de 2022, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 107626, artículo único, apartado tres, en la tercera línea, donde dice: «2. En el caso de las grandes empresas…», debe decir: «1 bis. En el caso de las grandes empresas…».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.