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Corrección de errores del Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, por el que se desarrolla el Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

BOE-A-2009-6774·24 de abril de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de errores del Real Decreto 640/2009 que desarrolla la reestructuración de los departamentos ministeriales. Afecta a la redacción del artículo 6.1 del Real Decreto 438/2008, modificando la numeración de los ordinales que preceden a la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación y a la Subsecretaría de Fomento, sustituyéndolos por letras. Se corrige también una errata menor en la denominación de las competencias de la Secretaría General.

Advertidos errores en el Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, por el que se desarrolla el Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 97, de 21 de abril de 2009, se procede a efectuar la siguiente corrección:

En la página 36001, en la nueva redacción dada al artículo 6.1 del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, el ordinal «3.º» que precede a la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación debe sustituirse por la letra «c)», y el ordinal «4.º» que precede a la Subsecretaría de Fomento debe sustituirse por la letra «d)».

En la página 36001, en la nueva redacción dada al artículo 6.1 del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, donde dice: « 3.º La Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación, que ejercerá las competencias del Departamento en relación con la coordinación de las relaciones institucionales, el seguimiento….», debe decir: «c) La Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación, que ejercerá las competencias del Departamento en relación con la coordinación y las relaciones institucionales, el seguimiento…».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.