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Corrección de errores del Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

BOE-A-2010-6366·22 de abril de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores del Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, que establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología, sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso. El objeto principal de esta corrección es subsanar errores detectados en el texto original del Real Decreto, publicado en el Boletín Oficial del Estado. Esta corrección afecta principalmente a: Estudiantes y futuros estudiantes del título de Técnico Deportivo en Espeleología. Centros educativos que imparten estas enseñanzas, tanto públicos como privados. Profesores que imparten los módulos del bloque específico de los ciclos inicial y final de la formación en espeleología. Tribunales evaluadores encargados de las pruebas y evaluaciones relacionadas con el título. Administración educativa responsable de la aplicación y supervisión de la normativa. Las disposiciones más relevantes de esta corrección son: Corrección de referencias cruzadas: Se corrige una referencia incorrecta a la disposición final segunda, sustituyéndola por la correcta, disposición final tercera, en relación con el curso académico para la convalidación de estudios. Aclaración sobre la finalización de estudios: Se aclara que los alumnos que hubieran iniciado estudios antes de la entrada en vigor del Real Decreto pueden completarlos hasta el segundo nivel, no el tercero, durante los dos cursos académicos siguientes a la implantación. Uniformidad en la denominación del título: Se corrige la denominación del título, eliminando la forma "Técnica o Técnico Deportivo en Espeleología" y unificándola a "Técnico Deportivo en Espeleología" en diversas secciones del documento, incluyendo la composición de tribunales, requisitos del profesorado y anexos. Esto busca evitar confusiones y asegurar la coherencia en la terminología utilizada. En resumen, la corrección de errores busca clarificar y precisar el texto original del Real Decreto 64/2010, asegurando su correcta interpretación y aplicación, y afectando a todos los actores involucrados en la formación y certificación de Técnicos Deportivos en Espeleología.

Advertidos errores en el Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 44, de 19 de febrero de 2010, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 16040, en la disposición adicional cuarta, apartado 1, 7.ª línea, donde dice: «durante el curso académico establecido en la disposición final segunda del presente real decreto», debe decir: «durante el curso académico establecido en la disposición final tercera del presente real decreto.».

En la página 16040, en la disposición adicional cuarta, apartado 2, 7.ª línea, donde dice: «puedan completarla hasta su tercer nivel, durante los dos cursos académicos siguientes al de implantación.», debe decir: «puedan completarla hasta su segundo nivel, durante los dos cursos académicos siguientes al de implantación.».

En la página 16143, en el apartado de Composición y perfil del tribunal evaluador y funciones que desempeña, donde dice: «Técnica o Técnico Deportivo en Espeleología», debe decir: «Técnico Deportivo en Espeleología».

En la página 16146, en el apartado g), donde dice: «Técnica o Técnico Deportivo en Espeleología», debe decir: «Técnico Deportivo en Espeleología».

En la página 16147, en el apartado de Composición y perfil del tribunal evaluador y funciones que desempeña, donde dice: «Técnica o Técnico Deportivo en Espeleología», debe decir: «Técnico Deportivo en Espeleología».

En la página 16149, en el anexo XIA: Requisitos de titulación del profesorado de los módulos del bloque específico de los ciclos inicial y final en centros públicos de la Administración educativa, en la columna de especialidad, donde dice: «Educación física con el título de Técnica o Técnico Deportivo en Espeleología», debe decir: «Educación física con el título de Técnico Deportivo en Espeleología».

En la página 16151, en el anexo XII: Requisitos de titulación del profesorado en centros privados y públicos no dependientes de la Administración educativa, en la columna de titulaciones, donde dice: «Técnica o Técnico Deportivo en Espeleología», debe decir: «Técnico Deportivo en Espeleología».

En la página 16154, en el anexo XIII C, en el título, donde dice: «Técnica o Técnico Deportivo en Espeleología», debe decir: «Técnico Deportivo en Espeleología».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.