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Corrección de errores del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de bonos garantizados, distribución transfronteriza de organismos de inversión colectiva, datos abiertos y reutilización de la información del sector público, ejercicio de derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea y a las retransmisiones de programas de radio y televisión, exenciones temporales a determinadas importaciones y suministros, de personas consumidoras y para la promoción de vehículos de transporte por carretera limpios y energéticamente eficientes.

BOE-A-2021-19369·25 de noviembre de 2021·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre. Su objeto principal es rectificar errores detectados en la publicación original del Real Decreto-ley en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El Real Decreto-ley 24/2021, al que afecta esta corrección, abarca una amplia gama de temas, incluyendo: Bonos garantizados. Distribución transfronteriza de organismos de inversión colectiva. Datos abiertos y reutilización de la información del sector público. Ejercicio de derechos de autor y derechos afines en transmisiones en línea y retransmisiones de radio y televisión. Exenciones temporales a importaciones y suministros. Derechos de los consumidores. Promoción de vehículos de transporte por carretera limpios y energéticamente eficientes. Por lo tanto, esta corrección afecta indirectamente a todos los individuos y entidades que se ven afectados por las disposiciones del Real Decreto-ley 24/2021 en las áreas mencionadas. Las correcciones específicas son las siguientes: En el artículo 82, apartado Seis, se corrige la referencia al apartado que se añade al artículo 60. Donde decía que se añadía un nuevo apartado "cuatro", debe decir que se añade un nuevo apartado "cinco". En el mismo artículo y apartado, se corrige la numeración del punto que establece la carga de la prueba sobre el cumplimiento de los requisitos de información. Donde decía "4.", debe decir "5.". En resumen, esta corrección de errores busca asegurar la precisión y correcta interpretación del Real Decreto-ley 24/2021, evitando confusiones y garantizando la correcta aplicación de la ley.

Advertidos errores en el Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de bonos garantizados, distribución transfronteriza de organismos de inversión colectiva, datos abiertos y reutilización de la información del sector público, ejercicio de derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea y a las retransmisiones de programas de radio y televisión, exenciones temporales a determinadas importaciones y suministros, de personas consumidoras y para la promoción de vehículos de transporte por carretera limpios y energéticamente eficientes, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 263, de 3 de noviembre de 2021, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 133335, en el apartado Seis, artículo 82, en el párrafo inicial, donde dice: «Se añade un nuevo apartado cuatro y se modifican las letras e), i) y j) del apartado 2 del artículo 60, quedan redactadas del siguiente modo:», debe decir: «Se añade un nuevo apartado cinco y se modifican las letras e), i) y j) del apartado 2 del artículo 60, que quedan redactadas del siguiente modo:»

En la página 133335, en el punto 4, apartado Seis, artículo 82, donde dice: «4. La carga de la prueba en relación con el cumplimiento de los requisitos de información establecidos en este artículo incumbirá al empresario.» debe decir: «5. La carga de la prueba en relación con el cumplimiento de los requisitos de información establecidos en este artículo incumbirá al empresario.»

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.