resolucionVigente

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1938-2021, en relación con los artículos 565.1 y 557.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

BOE-A-2023-3980·15 de febrero de 2023·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un edicto del Tribunal Constitucional de España, publicado en el Boletín Oficial del Estado, relativo a la admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad número 1938-2021. El objeto principal de este edicto es informar sobre la admisión a trámite de una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Barcelona. Esta cuestión se refiere a la posible inconstitucionalidad de los artículos 565.1 y 557.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC). Estos artículos están relacionados con el procedimiento de ejecución de títulos no judiciales. El edicto afecta directamente a las partes involucradas en el procedimiento de ejecución de títulos no judiciales número 3154-2020, que se está tramitando en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Barcelona. Indirectamente, podría afectar a cualquier persona o entidad que se vea involucrada en procedimientos de ejecución de títulos no judiciales en el futuro, dependiendo de la resolución que adopte el Tribunal Constitucional sobre la validez de los artículos cuestionados. La disposición más relevante del edicto es la que otorga un plazo de quince días, a partir de la publicación en el BOE, para que las partes en el procedimiento de ejecución número 3154-2020 puedan personarse ante el Tribunal Constitucional. Esto les permite presentar alegaciones y defender sus intereses en relación con la cuestión de inconstitucionalidad planteada. El Tribunal Constitucional ha reservado para sí el conocimiento de la presente cuestión, lo que implica que será el Pleno del Tribunal quien decida sobre la constitucionalidad de los artículos impugnados.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de febrero de 2023, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 1938-2021, planteada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Barcelona, en el procedimiento de ejecución de títulos no judiciales núm. 1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento de ejecución de títulos no judiciales núm. 3154-2020, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.