resolucionVigente

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2800-2023, en relación con el artículo 3. Primero, apartados uno y dos, del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, por posible vulneración de los arts. 86.1 y 31.1 de la Constitución Española.

BOE-A-2023-17164·26 de julio de 2023·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un edicto del Tribunal Constitucional que anuncia la admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad número 2800-2023. El objeto principal de la cuestión de inconstitucionalidad es determinar si el artículo 3, apartado primero, puntos uno y dos, del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, vulnera los artículos 86.1 y 31.1 de la Constitución Española (CE). Este Real Decreto-ley adoptó medidas en el ámbito tributario para consolidar las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social. Los artículos de la CE que se alegan como posiblemente vulnerados se refieren al uso del Decreto-Ley y al principio de capacidad económica en el sistema tributario. Este edicto afecta directamente a las partes involucradas en el procedimiento ordinario número 727-2019 de la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, que es el órgano judicial que planteó la cuestión de inconstitucionalidad. Además, indirectamente, afecta a todos los ciudadanos y entidades que puedan verse afectados por la aplicación del Real Decreto-ley 3/2016, en particular en lo relativo a las medidas tributarias que contiene. Las disposiciones más relevantes son: La admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad por el Tribunal Constitucional. La reserva del Tribunal Constitucional para conocer de la presente cuestión, impidiendo que otros tribunales se pronuncien sobre la misma. El plazo de quince días** a partir de la publicación del edicto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para que las partes en el procedimiento 727-2019 puedan personarse ante el Tribunal Constitucional. Esto les permite participar en el proceso y presentar sus argumentos sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad del artículo impugnado. En resumen, el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite una cuestión de inconstitucionalidad sobre un artículo de un Real Decreto-ley que afecta a la normativa tributaria, y da un plazo a las partes interesadas para que se personen ante el Tribunal. La resolución de esta cuestión podría tener implicaciones significativas para la aplicación de la normativa tributaria y la validez del Real Decreto-ley en cuestión.

ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el procedimiento ordinario núm. 727-2019, en relación con el artículo 3. Primero, apartados uno y dos, del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, por posible vulneración de los arts.

1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión. De conformidad con lo establecido en el art. 2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento 727-2019, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.