resolucionVigente

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2857-2008, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección integral contra la violencia de género.

BOE-A-2008-20880·29 de diciembre de 2008·Ver en BOE ↗

Resumen

Auto del Tribunal Constitucional que admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad planteada por un juzgado de Valladolid sobre el artículo 171.4 del Código Penal (violencia de género). Se alega posible vulneración del principio de igualdad (art. 14 CE). Afecta a las partes del procedimiento abreviado núm. 268/2007, que pueden personarse ante el Tribunal en un plazo de quince días.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de diciembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2857-2008 planteada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid, en el procedimiento abreviado núm. 4 del Código Penal según redacción dada por Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género por posible vulneración del art. 1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento abreviado núm. 268/2007, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.

-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

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