El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de diciembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2857-2008 planteada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid, en el procedimiento abreviado núm. 4 del Código Penal según redacción dada por Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género por posible vulneración del art. 1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento abreviado núm. 268/2007, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.
-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.