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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 3296-2011, en relación con el artículo 64.4ª de la Ley 16/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2008, por posible vulneración de los artículos 36 y 149.1.1. y 149.1.18 de la Constitución.

BOE-A-2011-12325·18 de julio de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un edicto del Tribunal Constitucional de España que anuncia la admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad número 3296-2011. Objeto principal: El objeto principal es informar sobre la admisión a trámite de una cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Esta cuestión se refiere al artículo 64.4ª de la Ley 16/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2008. A quién afecta: Afecta principalmente a las partes involucradas en el recurso de apelación núm. 4649/2009, quienes tienen la posibilidad de personarse ante el Tribunal Constitucional en un plazo de quince días a partir de la publicación del edicto en el Boletín Oficial del Estado (BOE). También afecta, en un sentido más amplio, a la Comunidad Autónoma de Galicia y a todos aquellos que puedan verse afectados por la aplicación del artículo 64.4ª de la Ley 16/2007. Disposiciones más relevantes: Admisión a trámite: El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad. Artículo impugnado: Se cuestiona la constitucionalidad del artículo 64.4ª de la Ley 16/2007 de Presupuestos de Galicia. Motivos de inconstitucionalidad: Se alega una posible vulneración de los artículos 36 (relativo a los Colegios Profesionales), 149.1.1 (relativo a la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales) y 149.1.18 (relativo a las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas) de la Constitución Española. Derecho de personación: Se concede a las partes del recurso de apelación núm. 4649/2009 un plazo de quince días para personarse ante el Tribunal Constitucional. Asignación a Sala:** El conocimiento de la cuestión se defiere a la Sala Segunda del Tribunal Constitucional. En resumen, el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite una cuestión de inconstitucionalidad contra un artículo de la Ley de Presupuestos de Galicia, abriendo un proceso para determinar si dicho artículo es conforme a la Constitución Española. Las partes afectadas tienen la oportunidad de participar en este proceso.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 5 de julio actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3296-2011 planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el recurso de apelación núm. 4649/2009, en relación con el art. ª de la Ley 16/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2008, por posible vulneración de los arts.

1 c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión. De conformidad con lo establecido en el art. 2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento, recurso de apelación núm.

4649/2009, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado». –La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.