resolucionVigente

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 3523-2021, en relación con el inciso "y su aprobación corresponderá, en todo caso, al órgano de representación municipal" del artículo 74.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía.

BOE-A-2021-15311·22 de septiembre de 2021·Ver en BOE ↗

Resumen

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad 3523-2021, planteada por el Tribunal Supremo, sobre el artículo 74.2 de la Ley de Autonomía Local de Andalucía. Se cuestiona la atribución exclusiva al órgano de representación municipal de la aprobación en ciertos casos, por posible infracción de la Constitución. Afecta a las partes del recurso 7312-2018, que pueden personarse ante el Tribunal Constitucional en 15 días.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de septiembre de 2021, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3523-2021 planteada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de casación núm. 2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, por posible infracción del art. 1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

2 LOTC, quienes sean parte en el recurso núm. 7312-2018, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado». –El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

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