resolucionVigente

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4111-2010, en relación con el apartado segundo de la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en la redacción dada por la disposición final segunda de la Ley 25/2006, de 17 de julio.

BOE-A-2010-14526·22 de septiembre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

El Tribunal Constitucional admite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad 4111-2010, planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sobre la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 55/1999, modificada por la Ley 25/2006, por posible vulneración del artículo 9.3 de la Constitución Española. Afecta a las partes del recurso 1281/2007, quienes podrán personarse ante el Tribunal Constitucional en un plazo de quince días desde la publicación en el BOE. Se difiere el conocimiento de la cuestión a la Sala Primera del Tribunal Constitucional.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 6 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4111-2010 planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el recurso 1281/2007, en relación con el apartado segundo de la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, en la redacción dada por la disposición final segunda de la Ley 25/2006, de 17 de julio, por posible vulneración del artículo 9.3 C.E., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el recurso 1281/2007, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 6 de septiembre de 2010.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.