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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4922-2012, en relación con el párrafo cuarto y quinto del artículo 174.3 de la Ley General de la Seguridad Social, por posible vulneración de los artículos 14, 24.1, 139.1 y 149.1.17 de la CE.

BOE-A-2012-12757·12 de octubre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

El Tribunal Constitucional admite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad 4922-2012, planteada por el TSJ de Madrid, sobre la posible vulneración de varios artículos de la Constitución por el artículo 174.3 de la Ley General de la Seguridad Social. Afecta a las partes del recurso de suplicación 4341/2011, que pueden personarse ante el Tribunal Constitucional en los próximos 15 días.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 2 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4922-2012 planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso de suplicación número 4341/2011, en relación con el párrafo cuarto y quinto del artículo 174.3 de la Ley General de la Seguridad Social, por posible vulneración de los artículos 14, 24.1, 139.1 y 149.1.17 de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso de suplicación número 4341/2011, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de octubre de 2012.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.