resolucionVigente

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4981-2010, en relación con el apartado segundo de la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en la redacción dada por la disposición final segunda de la Ley 25/2006, de 17 de julio.

BOE-A-2010-14531·22 de septiembre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Providencia del Tribunal Constitucional que admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. La cuestión se refiere a la posible vulneración del artículo 9.3 CE por el apartado segundo de la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 55/1999, en su redacción dada por la Ley 25/2006. Afecta a las partes del procedimiento ordinario 1280/2007, quienes pueden personarse ante el Tribunal Constitucional en un plazo de quince días.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 6 de septiembre, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4981-2010 planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el procedimiento ordinario1280/2007, en relación con el apartado segundo de la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, en la redacción dada por la disposición final segunda de la Ley 25/2006, de 17 de julio, por posible vulneración del artículo 9.3 CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento ordinario 1280/2007, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 6 de septiembre de 2010.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

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