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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6031-2016, en relación con el artículo 18.2 a) 1º de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado, inciso "o que disponga de un establecimiento físico dentro de su territorio", por posible vulneración de los artículos 149.1 y 149.7 de la CE.

BOE-A-2016-12043·20 de diciembre de 2016·Ver en BOE ↗

Resumen

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6031-2016, en relación con el artículo 18.2 a) 1º de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado, inciso "o que disponga de un establecimiento físico dentro de su territorio", por posible vulneración de los artículos 149.1 y 149.7 de la CE.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de diciembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 6031-2016 planteada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el procedimiento ordinario núm. c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento ordinario núm. 156-2016, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado». –La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

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