resolucionVigente

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6597-2024, en relación con los artículos 1, 3, 11 y disposición final segunda de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, por posible vulneración de los artículos 1.1, 6, 9.1 y 3, 14, 117.3 y 118 de la Constitución Española.

BOE-A-2024-26771·23 de diciembre de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un edicto del Tribunal Constitucional de España que anuncia la admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad número 6597-2024. Esta cuestión ha sido planteada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. El objeto principal de la cuestión de inconstitucionalidad es determinar si ciertos artículos de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña (específicamente los artículos 1, 3, 11 y la disposición final segunda) son compatibles con la Constitución Española. La cuestión de inconstitucionalidad se basa en la posible vulneración de los artículos 1.1 (Estado social y democrático de Derecho), 6 (partidos políticos), 9.1 y 3 (principios de legalidad, jerarquía normativa, publicidad de las normas, irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables, seguridad jurídica, responsabilidad y interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos), 14 (igualdad ante la ley), 117.3 (potestad jurisdiccional) y 118 (obligación de cumplimiento de las resoluciones judiciales) de la Constitución Española. Este edicto afecta directamente a las partes involucradas en la ejecutoria número 1/2024, que se deriva del procedimiento abreviado número 1/2021, tramitado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Estas partes tienen un plazo de quince días, a partir de la publicación del edicto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para personarse ante el Tribunal Constitucional. La disposición más relevante del edicto es la admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad y la reserva del Tribunal Constitucional para conocer del asunto, lo que implica que el Tribunal Constitucional analizará la Ley de Amnistía y determinará si es conforme o no a la Constitución. El edicto también establece el plazo para que las partes interesadas se personen ante el Tribunal Constitucional para defender sus intereses.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 17 de diciembre de 2024, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6597-2024 planteada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en la ejecutoria núm. 1/2024, dimanante del procedimiento abreviado núm. 1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

2 LOTC, quienes sean parte en la ejecutoria núm. 1/2024, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado». –El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.