resolucionVigente

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6621-2008, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

BOE-A-2008-20887·29 de diciembre de 2008·Ver en BOE ↗

Resumen

El Tribunal Constitucional admite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad 6621-2008, planteada por un juzgado de Albacete, sobre el artículo 171.4 del Código Penal (violencia de género). Se alega posible vulneración de varios artículos de la Constitución Española. Afecta a las partes del juicio rápido 73/2008, quienes pueden personarse ante el Tribunal en 15 días.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de diciembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6621-2008 planteada por Juzgado de lo Penal núm. 2 de Albacete, en el juicio rápido núm. 4 del Código Penal, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts.

1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión. De conformidad con lo establecido en el art. 2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el juicio rápido núm.

73/2008, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto. -La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

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