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Cuestión de inconstitucionalidad nº 6726-2009, en relación con el art. 143.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.

BOE-A-2010-3600·5 de marzo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un edicto del Tribunal Constitucional de España, relacionado con la cuestión de inconstitucionalidad nº 6726-2009. Objeto principal: El objeto principal es informar sobre la admisión a trámite de una cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Esta cuestión se refiere al artículo 143.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS), aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994. A quién afecta: Afecta principalmente a las partes involucradas en el recurso de suplicación núm. 872/2008 que se tramita en el TSJC. Además, indirectamente, afecta a todos aquellos que puedan verse afectados por la aplicación del artículo 143.2 del TRLGSS, en caso de que el Tribunal Constitucional declare su inconstitucionalidad. Disposiciones más relevantes: Admisión a trámite: El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad. Artículo impugnado: Se impugna el artículo 143.2 del TRLGSS. Motivos de inconstitucionalidad: La Sala del TSJC considera que el artículo impugnado podría vulnerar los artículos 14 (igualdad), 41 (Seguridad Social), 43.1 y 2 (protección de la salud) y 49 (protección de las personas con discapacidad) de la Constitución Española. Reserva de conocimiento: El Tribunal Constitucional se reserva para sí el conocimiento de la cuestión. Derecho de personación:** Se concede un plazo de quince días, a partir de la publicación del edicto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para que las partes en el procedimiento judicial (recurso de suplicación núm. 872/2008) puedan personarse ante el Tribunal Constitucional. En resumen, el edicto informa sobre el inicio de un proceso ante el Tribunal Constitucional para determinar si un artículo de la Ley General de la Seguridad Social es conforme a la Constitución, abriendo la posibilidad a las partes afectadas de participar en el proceso.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6726-2009 planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el recurso de suplicación núm. 872/2008, en relación con el art. 2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por posible vulneración de los arts.

1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión. De conformidad con lo establecido en el art. 2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento judicial, recurso de suplicación núm.

872/2008, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado». –La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.