resolucionVigente

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 8952-2010, en relación con los arts. 1 a 15 de la Ley de Castilla-La Mancha 16/2005, de 29 de diciembre, de la Comunidad de Castilla-La Mancha, del Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente y del tipo autonómico del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos.

BOE-A-2011-3705·26 de febrero de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Admisión a trámite de cuestión de inconstitucionalidad por el Tribunal Constitucional contra los artículos 1 a 15 de la Ley de Castilla-La Mancha 16/2005, que regula impuestos sobre actividades que impactan el medio ambiente y el tipo autonómico del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos. La admisión se basa en una posible vulneración de artículos de la Constitución Española y la LOFCA. Afecta a las partes del procedimiento judicial 463/2006, quienes tienen 15 días para personarse ante el Tribunal Constitucional.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 8952-2010 planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el procedimiento ordinario 463/2006, en relación con los artículos 1 a 15 de la Ley de Castilla-La Mancha 16/2005, de 29 de diciembre, de la Comunidad de Castilla-La Mancha, del Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente y del tipo autonómico del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos, por posible vulneración de los artículos 149.1.13, 23 y 25 CE, así como de los artículos 133.2 y 157.3 CE y 6.2 y 6.3 LOFCA, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento judicial, procedimiento ordinario 463/2006, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de febrero de 2011.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.