Resumen del Artículo 21

Artículo 21 del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo. (codigo) — Atribuciones de las comisiones territoriales de urbanismo y de la Dirección General de Urbanismo.

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 21

¿Qué dice el Artículo 21 del codigo?

Atribuciones de las comisiones territoriales de urbanismo y de la Dirección General de Urbanismo.

¿El Artículo 21 del codigo está vigente?

El artículo 21 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 21 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 21?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.