Resumen del Artículo 219

Artículo 219 del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo. (codigo) — Cuantía de las sanciones. 1. Las infracciones urbanísticas tipificadas en la presente ley se sancionan con las siguientes multas: a) Las infracciones urbanísticas leves, con una multa de hasta 3.000 euros. b) Las infracciones urbanísticas graves, con una multa de hasta 150.000…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 219

1. Las infracciones urbanísticas tipificadas en la presente ley se sancionan con las siguientes multas:

a) Las infracciones urbanísticas leves, con una multa de hasta 3.000 euros.

b) Las infracciones urbanísticas graves, con una multa de hasta 150.000 euros.

c) Las infracciones urbanísticas muy graves, con una multa de hasta 1.500.000 euros.

2. En cualquier caso, las cuantías de las multas fijadas por el apartado 1 han de incrementarse hasta la cuantía del beneficio obtenido por los infractores, si este fuera superior.

Norma publicada: 3 de agosto de 2010

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 219

¿Qué dice el Artículo 219 del codigo?

Cuantía de las sanciones. 1. Las infracciones urbanísticas tipificadas en la presente ley se sancionan con las siguientes multas: a) Las infracciones urbanísticas leves, con una multa de hasta 3.000…

¿El Artículo 219 del codigo está vigente?

El artículo 219 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 219 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III › Sección segunda.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 219?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.