Resumen del Artículo 25

Artículo 25 del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo. (codigo) — Clasificación del suelo. Los planes de ordenación urbanística municipal clasifican todo el suelo del territorio correspondiente en: a) Suelo urbano. b) Suelo no urbanizable. c) Suelo urbanizable.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 25

Los planes de ordenación urbanística municipal clasifican todo el suelo del territorio correspondiente en:

a) Suelo urbano.

b) Suelo no urbanizable.

c) Suelo urbanizable.

Norma publicada: 3 de agosto de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 25

¿Qué dice el Artículo 25 del codigo?

Clasificación del suelo. Los planes de ordenación urbanística municipal clasifican todo el suelo del territorio correspondiente en: a) Suelo urbano. b) Suelo no urbanizable. c) Suelo urbanizable.

¿El Artículo 25 del codigo está vigente?

El artículo 25 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 25 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 25?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.