Resumen del Artículo 129

Artículo 129 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje. (codigo) — Pública concurrencia. 1. Una vez elaboradas las bases de programación, el ayuntamiento iniciará el procedimiento de selección de la alternativa técnica mediante la publicación de un anuncio en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», tras su remisión al «Diario Oficial…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 129

1. Una vez elaboradas las bases de programación, el ayuntamiento iniciará el procedimiento de selección de la alternativa técnica mediante la publicación de un anuncio en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», tras su remisión al «Diario Oficial de la Unión Europea», por el que se convoca la presentación de alternativas técnicas del programa de actuación.

2. El ayuntamiento debe hacer constar en el anuncio y en los avisos la posibilidad de presentar, ante el ayuntamiento, alternativas técnicas de programa de actuación integrada, durante el plazo de tres meses contados desde la publicación de dicha convocatoria en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».

3. En el anuncio deberá constar, al menos, la siguiente información:

a) Entidad adjudicadora.

b) Datos generales para la obtención de la información sobre el programa de actuación integrada.

c) Objeto del programa de actuación integrada.

d) Tramitación y procedimiento.

e) Requisitos de solvencia específicos para la fase de selección de la alternativa técnica.

f) Criterios de selección de la fase de selección de la alternativa técnica.

g) Garantías exigidas para participar en esta fase.

h) Fecha límite y lugar de presentación de las alternativas técnicas.

i) Gastos de publicidad.

j) Fecha de envío del anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea.

k) Otras informaciones que se consideren necesarias.

Los apartados d, e, f y g podrán cumplimentarse mediante la remisión al apartado correspondiente de las bases de programación.

4. Todos los documentos e información relevante estarán accesibles y a disposición de quien manifieste interés en presentar ofertas al procedimiento de selección, en el ayuntamiento, desde la publicación del anuncio en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» hasta la finalización del plazo de presentación de las alternativas técnicas.

Norma publicada: 18 de junio de 2021

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 129

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Se encuentra en la estructura: LIBRO II › CAPÍTULO III › Subsección II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 129?

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