Artículo 167
El programa de actuación integrada concluye con la recepción o puesta en servicio de las obras de urbanización.
Norma publicada: 18 de junio de 2021
Resumen del Artículo 167
Artículo 167 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje. (codigo) — Finalización normal del programa de actuación integrada. El programa de actuación integrada concluye con la recepción o puesta en servicio de las obras de urbanización.
El programa de actuación integrada concluye con la recepción o puesta en servicio de las obras de urbanización.
Norma publicada: 18 de junio de 2021
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Finalización normal del programa de actuación integrada. El programa de actuación integrada concluye con la recepción o puesta en servicio de las obras de urbanización.
El artículo 167 del codigo está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO II › CAPÍTULO IV › Sección VI.
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