Artículo 264
1. Son infracciones urbanísticas las acciones y omisiones tipificadas y sancionadas en este texto refundido.
2. Cuando un mismo hecho pueda ser tipificado como infracción en distintas leyes protectoras del territorio, del urbanismo, del paisaje, de los recursos naturales o del patrimonio histórico, se aplicará solo la sanción más severa de las previstas.
Norma publicada: 18 de junio de 2021