resolucionVigente

Enmienda adoptada en Ginebra el 18 de octubre de 2019 al párrafo 1 del artículo 14 del Acuerdo Europeo sobre trabajo de las tripulaciones de los vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera (AETR), hecho en Ginebra el 1 de julio de 1970.

BOE-A-2022-7703·12 de mayo de 2022·Ver en boletín oficial ↗

Resumen

Este documento legal es una Enmienda al Acuerdo Europeo sobre trabajo de las tripulaciones de los vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera (AETR), firmado en Ginebra el 1 de julio de 1970. Específicamente, la enmienda, adoptada en Ginebra el 18 de octubre de 2019, modifica el párrafo 1 del artículo 14 del AETR. El objeto principal de la enmienda es modificar la redacción del párrafo 1 del artículo 14 del AETR. El documento no especifica el contenido exacto de la modificación, simplemente indica que el párrafo ha sido reemplazado por una nueva redacción. Para conocer el detalle de la modificación, sería necesario consultar el texto original del AETR y compararlo con la nueva redacción del párrafo 1 del artículo 14. Esta enmienda afecta a las tripulaciones de vehículos que efectúan transportes internacionales por carretera en los países que son parte del Acuerdo AETR, incluyendo España. Por lo tanto, afecta directamente a los conductores, empresas de transporte y autoridades reguladoras del sector del transporte internacional por carretera. La disposición más relevante es la entrada en vigor de la enmienda, con carácter general y para España, el 23 de abril de 2022. Esto significa que a partir de esa fecha, la nueva redacción del párrafo 1 del artículo 14 del AETR es legalmente vinculante para las operaciones de transporte internacional por carretera que involucran a España y a otros países adheridos al acuerdo. La firma del documento por la Secretaria General Técnica de España, Rosa Velázquez Álvarez, el 6 de mayo de 2022, confirma la adopción de la enmienda por parte de España.

El texto íntegro de esta norma autonómica no está disponible en nuestra base de datos en formato estructurado. Puedes consultarla directamente en el boletín oficial correspondiente.

Abrir en boletín oficial ↗

Resumen con carácter informativo. Solo la versión publicada en el boletín oficial tiene validez jurídica.