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Enmienda al Anexo A del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, adoptada en Ginebra el 17 de junio de 2022, mediante la Decisión SC-10/13.

BOE-A-2024-3533·24 de febrero de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Enmienda al Convenio de Estocolmo que incluye el ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y compuestos conexos en el Anexo A, sin exenciones. Afecta a las partes del convenio, obligándolas a eliminar o restringir el uso de estas sustancias. La enmienda entró en vigor el 16 de noviembre de 2023, con excepciones para países que hayan formulado declaraciones o notificaciones de no aceptación.

Decisión SC-10/13: Inclusión del ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y los compuestos conexos del PFHxS

La Conferencia de las Partes,

Habiendo examinado el perfil de riesgos y la evaluación de la gestión de riesgos del ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y los compuestos conexos del PFHxS presentados por el Comité de Examen de los Contaminantes Orgánicos Persistentes,

1. UNEP/POPS/POPRC.14/6/Add.1 y UNEP/POPS/POPRC.15/7/Add.1.

Tomando nota de la recomendación formulada por el Comité de Examen de los Contaminantes Orgánicos Persistentes para incluir el ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y los compuestos conexos del PFHxS en el anexo A del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes sin exenciones específicas,

2. UNEP/POPS/COP.10/12, anexo.

Decide modificar la parte I del anexo A del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes para incluir en ella el ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y los compuestos conexos del PFHxS, sin exenciones específicas, mediante la adición del renglón siguiente:

* * * *

De conformidad con lo dispuesto en los epígrafes b) y c) del párrafo 3 y en el párrafo 4, ambos del artículo 22 del Convenio, la presente Enmienda entró en vigor, de forma general y para España, el 16 de noviembre de 2023, excepto:

– Para las partes que hayan formulado una declaración de conformidad con el párrafo 4 del artículo 25 del Convenio,

– Japón, que ha depositado una notificación de no aceptación de la enmienda, de conformidad con el epígrafe b) del párrafo 3 del artículo 22 del Convenio.

Madrid, 15 de febrero de 2024.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.

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