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Entrada en vigor del Acuerdo de coproducción cinematográfica entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Popular China, hecho en Beijing el 25 de septiembre de 2014.

BOE-A-2018-15235·7 de noviembre de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Resumen del Documento Legal Este documento es un anuncio oficial publicado en España que informa sobre la entrada en vigor del Acuerdo de Coproducción Cinematográfica entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Popular China. El acuerdo fue firmado en Beijing el 25 de septiembre de 2014 y entró en vigor el 7 de septiembre de 2018. Objeto Principal: El objeto principal del documento es notificar formalmente que el acuerdo bilateral sobre coproducción cinematográfica entre España y China ha entrado en vigor. Esto significa que las disposiciones del acuerdo ahora son legalmente vinculantes para ambos países. A quién afecta: Este acuerdo afecta principalmente a: Productores cinematográficos de España y China que deseen colaborar en la creación de películas. Industrias cinematográficas de ambos países, ya que el acuerdo establece un marco para la cooperación y el intercambio cultural. Gobiernos de España y China, responsables de supervisar y facilitar la implementación del acuerdo. Disposiciones Relevantes (implícitas): Si bien el documento en sí no detalla las disposiciones del acuerdo, la naturaleza del acuerdo de coproducción cinematográfica sugiere que aborda aspectos como: Definición de coproducción: Establece los criterios para que una película sea considerada una coproducción hispano-china y, por lo tanto, elegible para los beneficios del acuerdo. Beneficios y tratamiento: Detalla los beneficios que reciben las coproducciones, como acceso a financiamiento, incentivos fiscales, y tratamiento como películas nacionales en ambos países. Participación financiera y creativa: Define los porcentajes mínimos y máximos de participación financiera y creativa que deben tener las partes de cada país en la coproducción. Distribución y derechos: Aborda cuestiones relacionadas con la distribución de las películas coproducidas y la titularidad de los derechos de autor. Marco legal: Establece el marco legal para la resolución de disputas y la interpretación del acuerdo. El anuncio también indica que se completa la inserción inicial del acuerdo en el Boletín Oficial del Estado número 268, del 5 de noviembre de 2014. El Secretario General Técnico, José María Muriel Palomino, firma el documento en Madrid el 24 de octubre de 2018.

El Acuerdo de coproducción cinematográfica entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Popular China, hecho en Beijing el 25 de septiembre de 2014, entró en vigor el 7 de septiembre de 2018, en la fecha de la última de dichas notificaciones, según se establece en su artículo 17.

Se completa así la inserción efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» número 268, de 5 de noviembre de 2014.

Madrid, 24 de octubre de 2018.–El Secretario General Técnico, José María Muriel Palomino.

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