resolucionVigente

Entrada en vigor del Acuerdo entre el Gobierno español y el Gobierno macedonio sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos y de servicio, hecho en Madrid el 3 de junio de 2003.

BOE-A-2005-1253·25 de enero de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un anuncio oficial publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que informa sobre la entrada en vigor del "Acuerdo entre el Gobierno español y el Gobierno macedonio sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos y de servicio". El acuerdo fue firmado en Madrid el 3 de junio de 2003. El objeto principal del documento es notificar al público en general que el acuerdo bilateral entrará en vigor el 31 de enero de 2005. Esta fecha corresponde al último día del mes siguiente a la fecha en que ambas partes (España y Macedonia) completaron sus respectivos requisitos legales internos para la ratificación del acuerdo, tal como se estipula en la cláusula 7 del mismo. Este anuncio afecta principalmente a los ciudadanos españoles y macedonios que posean pasaportes diplomáticos o de servicio, ya que a partir de la fecha de entrada en vigor, podrán viajar entre ambos países sin necesidad de obtener un visado. La disposición más relevante es la fecha de entrada en vigor del acuerdo (31 de enero de 2005), que permite la aplicación efectiva de la supresión recíproca de visados para los titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio entre España y Macedonia. El anuncio también hace referencia a la publicación original del acuerdo en el BOE número 168 del 15 de julio de 2003, proporcionando una referencia para acceder al texto completo del acuerdo. El Secretario General Técnico, Francisco Fernández Fábregas, firma el anuncio en Madrid el 10 de enero de 2005.

El Acuerdo entre el Gobierno español y el Gobierno macedonio sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos y de servicio, hecho en Madrid el 3 de junio de 2003, entrará en vigor el 31 de enero de 2005, último día del mes siguiente a la fecha de la última comunicación de cumplimiento de requisitos legales internos, según se establece en la cláusula 7 del Acuerdo.

Lo que se hace público para conocimiento general, completando así la inserción efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» número 168, de 15 de julio de 2003.

Madrid, 10 de enero de 2005.-El Secretario General Técnico, Francisco Fernández Fábregas.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.