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Entrada en vigor del Canje de Notas, de 27 de noviembre de 2008 y 9 de marzo de 2009, constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Serbia sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales.

BOE-A-2010-9232·11 de junio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un anuncio oficial publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de España. Su objeto principal es informar al público sobre la entrada en vigor del Canje de Notas entre el Reino de España y la República de Serbia, que constituye un acuerdo bilateral sobre el reconocimiento recíproco y el canje de permisos de conducción nacionales. El acuerdo, formalizado mediante un Canje de Notas fechado el 27 de noviembre de 2008 y el 9 de marzo de 2009, entró en vigor el 19 de mayo de 2010. Esta fecha se determinó al cumplirse los treinta días posteriores a la recepción de la última notificación entre las partes (España y Serbia) confirmando que ambos países habían completado sus respectivos procedimientos internos necesarios para la validez del acuerdo. Este anuncio afecta directamente a los ciudadanos españoles que deseen conducir en Serbia y a los ciudadanos serbios que deseen conducir en España, ya que establece las condiciones bajo las cuales sus permisos de conducción nacionales serán reconocidos y, en su caso, canjeados por permisos del país receptor. La disposición más relevante es la confirmación de la entrada en vigor del acuerdo, lo que implica que a partir del 19 de mayo de 2010, los ciudadanos de ambos países pueden beneficiarse de las condiciones de reconocimiento y canje de permisos de conducción establecidas en el Canje de Notas. El anuncio complementa la información previamente publicada en el BOE número 148 del 19 de junio de 2009, proporcionando la fecha efectiva de aplicación del acuerdo.

El Canje de Notas, de 27 de noviembre de 2008 y 9 de marzo de 2009, constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Serbia sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, entró en vigor el 19 de mayo de 2010, a los treinta días de la fecha de la recepción de la última notificación de las Partes comunicando el cumplimiento de sus requisitos internos, según se establece en el texto de las Notas.

Lo que se hace público para conocimiento general, completando así la inserción efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» número 148, de 19 de junio de 2009.

Madrid, 1 de junio de 2010.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Antonio Cosano Pérez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.