Resumen del Artículo veintinueve

Artículo veintinueve del Estatuto de Autonomía para Cantabria (EACant) — En materia de medios audiovisuales de comunicación social del Estado, la Comunidad Autónoma de Cantabria ejercerá todas las potestades y competencias que le correspondan en los términos y casos establecidos en la Ley reguladora del Estatuto Jurídico de Radiotelevisión.

EACantVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo veintinueve

En materia de medios audiovisuales de comunicación social del Estado, la Comunidad Autónoma de Cantabria ejercerá todas las potestades y competencias que le correspondan en los términos y casos establecidos en la Ley reguladora del Estatuto Jurídico de Radiotelevisión.

Norma publicada: 30 de diciembre de 1981

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo veintinueve

¿Qué dice el Artículo veintinueve del EACant?

En materia de medios audiovisuales de comunicación social del Estado, la Comunidad Autónoma de Cantabria ejercerá todas las potestades y competencias que le correspondan en los términos y casos…

¿El Artículo veintinueve del EACant está vigente?

El artículo veintinueve del EACant está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo veintinueve dentro del EACant?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía para Cantabria.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo veintinueve?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.