Resumen del Artículo 152

Artículo 152 del Estatuto de Autonomía de Cataluña (EACat)Planificación, ordenación y promoción de la actividad económica. 1. Corresponde a la Generalitat la competencia para la promoción de la actividad económica en Cataluña. 2. Corresponde a la Generalitat la competencia compartida sobre la ordenación de la actividad económica en…

EACatVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 152

1. Corresponde a la Generalitat la competencia para la promoción de la actividad económica en Cataluña.

2. Corresponde a la Generalitat la competencia compartida sobre la ordenación de la actividad económica en Cataluña.

3. La Generalitat puede establecer una planificación de la actividad económica en el marco de las directrices que establezca la planificación general del Estado.

4. Corresponde a la Generalitat el desarrollo y la gestión de la planificación general de la actividad económica. Esta competencia incluye en todo caso:

a) El desarrollo de los planes estatales.

b) La participación en la planificación estatal a través de los mecanismos previstos en el Título V.

c) La gestión de los planes, incluyendo los fondos y los recursos de origen estatal destinados al fomento de la actividad económica, en los términos que se establezcan mediante convenio.

Norma publicada: 19 de julio de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 152

¿Qué dice el Artículo 152 del EACat?

Planificación, ordenación y promoción de la actividad económica. 1. Corresponde a la Generalitat la competencia para la promoción de la actividad económica en Cataluña. 2. Corresponde a la…

¿El Artículo 152 del EACat está vigente?

El artículo 152 del EACat está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 152 dentro del EACat?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 152?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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