Resumen del Artículo 51

Artículo 51 del Estatuto de Autonomía de Cataluña (EACat) — Cooperación al fomento de la paz y cooperación al desarrollo. 1. La Generalitat debe promover la cultura de la paz y acciones de fomento de la paz en el mundo. 2. La Generalitat debe promover acciones y políticas de cooperación al desarrollo de los pueblos y debe establecer…

EACatVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 51

1. La Generalitat debe promover la cultura de la paz y acciones de fomento de la paz en el mundo.

2. La Generalitat debe promover acciones y políticas de cooperación al desarrollo de los pueblos y debe establecer programas de ayuda humanitaria de emergencia.

Norma publicada: 19 de julio de 2006

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 51

¿Qué dice el Artículo 51 del EACat?

Cooperación al fomento de la paz y cooperación al desarrollo. 1. La Generalitat debe promover la cultura de la paz y acciones de fomento de la paz en el mundo. 2. La Generalitat debe promover…

¿El Artículo 51 del EACat está vigente?

El artículo 51 del EACat está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 51 dentro del EACat?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO V.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 51?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.