Resumen del Artículo 73

Artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Cataluña (EACat) — Derechos y obligaciones de los miembros del Gobierno respecto del Parlamento. 1. El Presidente o Presidenta de la Generalitat y los Consejeros tienen el derecho de asistir a las reuniones del Pleno y de las Comisiones parlamentarias y tomar la palabra. 2. El Parlamento puede…

EACatVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 73

1. El Presidente o Presidenta de la Generalitat y los Consejeros tienen el derecho de asistir a las reuniones del Pleno y de las Comisiones parlamentarias y tomar la palabra.

2. El Parlamento puede requerir al Gobierno y a sus miembros la información que considere necesaria para el ejercicio de sus funciones. También puede requerir su presencia en el Pleno y en las Comisiones, en los términos que establece el Reglamento del Parlamento.

Norma publicada: 19 de julio de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 73

¿Qué dice el Artículo 73 del EACat?

Derechos y obligaciones de los miembros del Gobierno respecto del Parlamento. 1. El Presidente o Presidenta de la Generalitat y los Consejeros tienen el derecho de asistir a las reuniones del Pleno y…

¿El Artículo 73 del EACat está vigente?

El artículo 73 del EACat está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 73 dentro del EACat?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 73?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.