Resumen del Artículo 45

Artículo 45 del Estatuto de Autonomía de La Rioja (EARioja)Los recursos de la Comunidad Autónoma estarán constituidos por: a) Los ingresos procedentes de su patrimonio, legados, donaciones y demás de Derecho privado. b) Los ingresos procedentes de la recaudación tributaria. Los rendimientos de las tasas, contribuciones especiales e…

EARiojaVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 45

Los recursos de la Comunidad Autónoma estarán constituidos por:

a) Los ingresos procedentes de su patrimonio, legados, donaciones y demás de Derecho privado.

b) Los ingresos procedentes de la recaudación tributaria.

Los rendimientos de las tasas, contribuciones especiales e impuestos propios de la Comunidad que el Parlamento de La Rioja pueda establecer, de acuerdo con el artículo 157 de la Constitución.

c) Los rendimientos de los tributos cedidos total o parcialmente por el Estado y que se especifican en la disposición adicional primera, así como aquellos cuya cesión sea aprobada por las Cortes Generales.

d) Los recargos que pudieran establecerse sobre los impuestos del Estado.

e) Las participaciones en los ingresos del Estado.

f) El producto de operaciones de crédito y emisión de deuda.

g) El producto de multas y sanciones en el ámbito de su competencia.

h) Asignaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

i) La participación en el Fondo de Compensación Interterritorial y en otros Fondos.

j) Cuantos otros recursos se le atribuyan de acuerdo con las Leyes.

Norma publicada: 9 de junio de 1982

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 45

¿Qué dice el Artículo 45 del EARioja?

Los recursos de la Comunidad Autónoma estarán constituidos por: a) Los ingresos procedentes de su patrimonio, legados, donaciones y demás de Derecho privado. b) Los ingresos procedentes de la…

¿El Artículo 45 del EARioja está vigente?

El artículo 45 del EARioja está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 45 dentro del EARioja?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 45?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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