Resumen del Artículo diecinueve

Artículo diecinueve del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia (EAMur) — 1. La Región de Murcia podrá establecer acuerdos de cooperación con otras Comunidades Autónomas previa autorización de las Cortes Generales. 2. No obstante lo dispuesto en el número anterior y sin más requisitos que la previa comunicación a las Cortes, la Región podrá celebrar…

EAMurVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo diecinueve

1. La Región de Murcia podrá establecer acuerdos de cooperación con otras Comunidades Autónomas previa autorización de las Cortes Generales.

2. No obstante lo dispuesto en el número anterior y sin más requisitos que la previa comunicación a las Cortes, la Región podrá celebrar convenios con otras Comunidades para la gestión y prestación de servicios que le son propios. Estos convenios podrán crear entes y sociedades de gestión susceptibles de asociar a otras entidades públicas y privadas interesadas.

En los treinta días siguientes a la recepción de la comunicación, cualquiera de las Cámaras podrá instar a que por razón de su contenido el convenio siga el trámite de autorización previsto en el artículo 145.2, segundo inciso, de la Constitución.

3. Transcurridos treinta días desde la recepción de la comunicación por las Cortes sin que ninguna de las Cámaras haya objetado la conclusión del convenio o, en todo caso, luego de obtenida la autorización de las Cortes, se procederá a la publicación de aquél en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia" y en el "Boletín Oficial del Estado" entrando en vigor a tenor de lo que el mismo disponga.

4. Para el ejercicio de la competencia de vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones prevista en el artículo 10, uno, 21, del Estatuto, la Comunidad Autónoma podrá convenir con el Estado la adscripción de una Unidad del Cuerpo Nacional de Policía en los términos y para el ejercicio de las funciones previstas en la Ley Orgánica aludida en el número 29 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución.

Norma publicada: 9 de junio de 1982

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo diecinueve

¿Qué dice el Artículo diecinueve del EAMur?

1. La Región de Murcia podrá establecer acuerdos de cooperación con otras Comunidades Autónomas previa autorización de las Cortes Generales. 2. No obstante lo dispuesto en el número anterior y sin…

¿El Artículo diecinueve del EAMur está vigente?

El artículo diecinueve del EAMur está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo diecinueve dentro del EAMur?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo diecinueve?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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