Resumen del Artículo veintiuno

Artículo veintiuno del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia (EAMur) — Uno. La Asamblea Regional representa al pueblo de la Región de Murcia. Dos. La Asamblea Regional es inviolable.

EAMurVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo veintiuno

Uno. La Asamblea Regional representa al pueblo de la Región de Murcia.

Dos. La Asamblea Regional es inviolable.

Norma publicada: 9 de junio de 1982

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo veintiuno

¿Qué dice el Artículo veintiuno del EAMur?

Uno. La Asamblea Regional representa al pueblo de la Región de Murcia. Dos. La Asamblea Regional es inviolable.

¿El Artículo veintiuno del EAMur está vigente?

El artículo veintiuno del EAMur está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo veintiuno dentro del EAMur?

Se encuentra en la estructura: CAPITULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo veintiuno?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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