Resumen del Artículo 55

Artículo 55 del Impuesto sobre Sociedades Foral de Navarra (ISNav) — Bonificación aplicable a las cooperativas especialmente protegidas y a las explotaciones asociativas prioritarias. 1. Las cooperativas especialmente protegidas sometidas a la Ley Foral 9/1994, de 21 de junio, reguladora del régimen fiscal de las cooperativas, tendrán una…

ISNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 55

1. Las cooperativas especialmente protegidas sometidas a la Ley Foral 9/1994, de 21 de junio, reguladora del régimen fiscal de las cooperativas, tendrán una bonificación del 50 por 100 de la cuota íntegra del impuesto a que se refiere el artículo 20 de dicha ley foral.

2. Las explotaciones asociativas prioritarias que sean cooperativas agrarias especialmente protegidas según la Ley Foral 9/1994, de 21 de junio, tendrán una bonificación de la cuota íntegra del 80 por 100.

3. Tratándose de explotaciones asociativas prioritarias que sean Sociedades Agrarias de Transformación, la bonificación en la cuota íntegra será del 50 por 100.

Norma publicada: 28 de diciembre de 2016

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 55

¿Qué dice el Artículo 55 del ISNav?

Bonificación aplicable a las cooperativas especialmente protegidas y a las explotaciones asociativas prioritarias. 1. Las cooperativas especialmente protegidas sometidas a la Ley Foral 9/1994, de 21…

¿El Artículo 55 del ISNav está vigente?

El artículo 55 del ISNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 55 dentro del ISNav?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 55?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.