Resumen del Artículo 21

Artículo 21 del Ley 12/2007, de 11 de octubre, de Servicios Sociales. (codigo) — Prestaciones de servicio. 1. Las prestaciones de servicio son los servicios e intervenciones realizados por equipos profesionales que tienen como finalidad la prevención, el diagnóstico, la valoración, la protección, la promoción, la atención y la inserción de personas, de…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 21

1. Las prestaciones de servicio son los servicios e intervenciones realizados por equipos profesionales que tienen como finalidad la prevención, el diagnóstico, la valoración, la protección, la promoción, la atención y la inserción de personas, de unidades de convivencia y de grupos en situación de necesidad social.

2. Son prestaciones de servicio las siguientes actuaciones e intervenciones realizadas por los equipos profesionales:

a) La información sobre los recursos sociales disponibles y sobre el acceso a los mismos.

b) La orientación sobre los medios más adecuados para responder a las necesidades planteadas.

c) El asesoramiento y apoyo a las personas y los grupos que necesitan la actuación social.

d) La valoración singularizada y el diagnóstico social de las situaciones personales, convivenciales y familiares y de las demandas sociales.

e) La intervención profesional y el tratamiento social orientados al cumplimiento de las finalidades de los servicios sociales.

f) La protección jurídica y social de los menores de edad en situación de desamparo.

g) La protección jurídica y social de las personas con capacidad limitada.

h) La atención residencial sustitutiva del hogar.

i) La atención diurna.

j) La atención domiciliaria.

k) Las que se establezcan en la Cartera de servicios sociales.

3. Las prestaciones de servicio tienen la condición de complemento necesario de la aplicación de cualquier otro tipo de prestación social.

Norma publicada: 11 de octubre de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 21

¿Qué dice el Artículo 21 del codigo?

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¿El Artículo 21 del codigo está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo 21 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 21?

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