Resumen del Artículo 82

Artículo 82 del Ley 12/2007, de 11 de octubre, de Servicios Sociales. (codigo) — Disposiciones generales. 1. La calidad de los servicios sociales es un principio rector del sistema de servicios sociales y un derecho de los usuarios. Esta calidad debe basarse en las nuevas modalidades y técnicas prestacionales disponibles para permitir que los servicios…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 82

1. La calidad de los servicios sociales es un principio rector del sistema de servicios sociales y un derecho de los usuarios. Esta calidad debe basarse en las nuevas modalidades y técnicas prestacionales disponibles para permitir que los servicios sociales mejoren y se adapten de forma continuada.

2. La calidad de las condiciones laborales y sociales de los trabajadores de los servicios sociales contribuye a definir la calidad de este ámbito.

Norma publicada: 11 de octubre de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 82

¿Qué dice el Artículo 82 del codigo?

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¿El Artículo 82 del codigo está vigente?

El artículo 82 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 82 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley 12/2007, de 11 de octubre, de Servicios Sociales..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 82?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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