Resumen del Artículo 69

Artículo 69 del Ley 12/2009, de 10 de julio, de Educación. (codigo) — Objeto y ámbito de la educación de adultos. 1. La educación de adultos tiene como finalidad, en los términos que determina la ley específica que la regula, hacer efectivo el derecho a la educación en cualquier etapa de la vida, con los siguientes objetivos específicos: a) Formar…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 69

1. La educación de adultos tiene como finalidad, en los términos que determina la ley específica que la regula, hacer efectivo el derecho a la educación en cualquier etapa de la vida, con los siguientes objetivos específicos:

a) Formar a los alumnos en las enseñanzas obligatorias, con las metodologías adecuadas a su edad.

b) Preparar a los alumnos para el acceso a las etapas del sistema educativo de régimen general y, si procede, de régimen especial.

c) Posibilitar a todas las personas el desarrollo de su proyecto personal y profesional y facilitarles la participación social.

d) Informar y orientar a las personas sobre las acciones formativas más adecuadas a sus intereses y posibilidades.

e) Validar las competencias adquiridas por otras vías formativas.

2. Los programas de educación de adultos y las correspondientes acciones formativas deben incluir, al menos, los ámbitos siguientes:

a) La educación general y el acceso al sistema educativo, que comprende las competencias básicas, las enseñanzas obligatorias y la preparación para el acceso a las distintas etapas del sistema educativo.

b) La educación para adquirir competencias transprofesionales, que comprende la formación en tecnologías de la información y la comunicación y la enseñanza de lenguas.

c) La educación para la cohesión y la participación social, que comprende la acogida formativa a inmigrantes adultos, la iniciación a las lenguas oficiales y a una lengua extranjera, la introducción a las tecnologías de la información y la comunicación y la capacitación en el uso de estrategias para la adquisición de las competencias básicas.

Norma publicada: 10 de julio de 2009

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 69

¿Qué dice el Artículo 69 del codigo?

Objeto y ámbito de la educación de adultos. 1. La educación de adultos tiene como finalidad, en los términos que determina la ley específica que la regula, hacer efectivo el derecho a la educación en…

¿El Artículo 69 del codigo está vigente?

El artículo 69 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 69 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 69?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.