Resumen del Artículo 1

Artículo 1 del Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña. (codigo) — Objeto y ámbito de aplicación de la Ley. 1. El objeto de la presente Ley es regular la ordenación y la promoción del turismo. 2. Las disposiciones de la presente Ley se aplican al conjunto de los recursos, los sujetos y las actividades que integran el sector turístico.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 1

1. El objeto de la presente Ley es regular la ordenación y la promoción del turismo.

2. Las disposiciones de la presente Ley se aplican al conjunto de los recursos, los sujetos y las actividades que integran el sector turístico.

Norma publicada: 21 de junio de 2002

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 1

¿Qué dice el Artículo 1 del codigo?

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¿El Artículo 1 del codigo está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo 1 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 1?

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